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año:2011
 
institución:MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ
 
institución:CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
 

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DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 12657 14 de diciembre, 2011 DFOE-IFR-0736 Señora Rita Muñoz Sibaja Secretaria General Junta Directiva CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL (COSEVI) Estimada señora: Asunto: Aprobación parcial del presupuesto inicial del período 2012 de la Consejo de Seguridad Vial. Con el propósito de que lo haga de conocimiento de los señores miembros de la Junta Directiva, y se emitan las instrucciones a las instancias que resulten pertinentes, me permito remitirle el presupuesto inicial de esa entidad aprobado parcialmente por la suma de ¢34.893.175,3 miles. 1. CONSIDERACIONES GENERALES 1.1. ORIGEN DEL ESTUDIO Y ALCANCE El estudio se originó en las atribuciones conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 184 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, 18 de su Ley Orgánica No. 7428 y otras leyes conexas. Para el análisis respectivo, se han tenido a la vista los siguientes documentos: el presupuesto ordinario y el plan operativo institucional, que fueron aprobados por el Consejo de Administración, según consta en el acta de la sesión Nro. 2654-2011 celebrada el 24 de setiembre de 2011, y que fueran remitidos con el oficio Nro. DE-2442-2011 del 30 de setiembre de 2011. El estudio se realizó de acuerdo con la normativa jurídica aplicable según las circunstancias, la normativa técnica que rige la materia y la emitida por la Contraloría General de la República, según su competencia. El cumplimiento del bloque de legalidad en relación con la etapa de formulación y aprobación interna es responsabilidad del jerarca y los titulares subordinados, por lo que este análisis se fundamenta en las certific ...
Fecha publicación: 22/12/2011
Fecha emisión: 14/12/2011
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: AREA FISC. SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL (CLASE INACTIVA)
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 12801 16 de diciembre, 2011 DCA-3322 Licenciada Lorena Ortega Morales Jefe a.i. Departamento Contratación Administrativa Ministerio de Justicia y Paz Fax: 2223-9739 Estimada señora: Asunto: Se refrenda el contrato 2011-000085-00 suscrito entre el Ministerio de Justicia y Paz y Aldo Inglesini Zeledón, adquisición de maquinaria y equipo diverso, por un monto de US$394.400, según Licitación Pública 2011LN-000002-01 (línea 17 chalecos antibalas). Nos referimos a su oficio D.J. 2011-4131 del 13 de diciembre del presente año, mediante el cual solicita el refrendo del contrato referido en el asunto. Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga la aprobación respectiva al contrato de marras, siendo responsabilidad de la Administración acatar lo siguiente: 1) Este refrendo se otorga con vista en la certificación de contenido presupuestario emitida por el licenciado Danilo Mora Hernández, Director Financiero (ver folios 495-496 del expediente administrativo). En ese sentido se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la Administración no solo la acreditación del presupuesto, sino además la factibilidad técnica y jurídica de aplicar los recursos certificados en el objeto de esta contratación. 2) Es responsabilidad de esa Administración el verificar que el contratista se mantenga al día en el pago de sus obligaciones con la CCSS (ver folio 504 del expediente administrativo). 3) Es responsabilidad de la Administración mantener vigente la garantía de cumplimiento (ver folios 502-503 del expediente administrativo). 4) El cumplimiento de las condiciones técnicas requeridas (ver folios 414 al 423 del expediente administrativo). 5) Queda bajo responsabilidad de la Administración el desplegar las medidas de verificación necesarias para comprobar que no existen vio ...
Fecha publicación: 21/12/2011
Fecha emisión: 16/12/2011
Documento: 12801-2011.pdf
Institución: MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 12630 14 de diciembre, 2011 DCA-3290 Señora Silvia Bolaños Barrantes Directora Ejecutiva Consejo de Seguridad Vial Estimada señora: Asunto: Se concede refrendo de manera condicionada al contrato CB-004-2011 suscrito entre el Consejo de Seguridad Vial y la empresa Purdy Motor S. A., producto de la Licitación Pública No. 2010LN-000006-00100, para la compra de vehículos,por un monto total de $827.667,75. Damos respuesta a su oficio DE-2712-2011 mediante el cual remite para refrendo el contrato CB-004-2011suscrito entre el Consejo de Seguridad Vial y la empresa Purdy Motor S.A., producto de la Licitación Pública No. 2010LN-000006-00100 para la compra de vehículos tipo pick up con tracción 4x2, y 3 vehículos microbuses tipo panel con conversión especial para detenidos. Mediante oficio DE-3184-2011 de 5 de diciembre pasado, se remitió información adicional producto de un requerimiento efectuado por parte de este Despacho. Sobre el particular, ha de indicarse que una vez realizado el análisis del contrato número CB- 004-2011 sometido a aprobación, de conformidad con los supuestos contenidos en el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, se estima que el contrato se ajusta a lo allí contemplado y se otorga el refrendo correspondiente. No obstante, se advierte que dada la naturaleza del refrendo, éste no implica un análisis de oportunidad, conveniencia o cualquier otro aspecto no contemplado expresamente en el citado artículo 8 del citado reglamento. Asimismo, el otorgamiento del refrendo se encuentra condicionado al cumplimiento de una serie de consideraciones que se detallan a continuación: 1. Es responsabilidad de ese Consejo constatar que el contratista no se encuentre imposibilitado o inhabilitado ...
Fecha publicación: 19/12/2011
Fecha emisión: 14/12/2011
Documento: 12630-2011.pdf
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 12329 7 de diciembre de 2011 DCA-3228 Señor Rolando Arturo Chinchilla Masís Proveedor Institucional Ministerio de Justicia y Paz Fax 2257-4122/ 2222-1417 Estimado señor: Asunto: Se otorga refrendo a los contratos número 2011-000063-00, de fecha 26 de setiembre de 2011 y 2011-000064-00, de fecha 29 de setiembre 2011, para la “Compra según demanda de vestuario y zapatos para la dirección de la policía penitenciaria”, correspondiente a la Licitación Pública n° 2011LN-000149-78300. Nos referimos a su oficio número DJ.2011-3273, de fecha 12 de octubre de 2011, adicionado por medio del oficio n° 10567, de fecha 2 de noviembre de 2011, mediante los cuales solicita a este órgano contralor el refrendo de los contratos antes indicados. Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga el refrendo constitucional respectivo a los contratos anteriormente citados, bajo los siguientes comentarios y condiciones, a las cuales queda sujeto el presente refrendo. I.- Consideraciones de la gestión: Esta División consideró de importancia para emitir el presente refrendo de legalidad, los aspectos siguientes: 1. Certificación de contenido presupuestario emitida por el Licenciado Danilo Mora Hernández, Director Financiero, Ministerio de Justicia y Paz, la cual indica lo siguiente: “Que al ser las ocho horas y cuarenta y dos minutos, del día veintiséis del mes de setiembre del año dos mil once, se visualiza en el Sistema Integrado de Gestión de la Administración Financiera (SIGAF), que la solicitud de pedido No. 2141120513 de la subpartida 29904 “textiles y vestuario”, fuente de financiamiento 001, programa 783 Administración Penitenciaria, correspondiente al ejercicio económico 2011 cuenta con contenido presupuestario en el ítem No. 1 por ¢50.880.000,00, ítem No.2 32.199.860,00, ítem No. 3 por ¢19.508.787,10, ítem No. 4 po ...
Fecha publicación: 12/12/2011
Fecha emisión: 07/12/2011
Documento: 12329-2011.pdf
Institución: MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 12001 29 de noviembre, 2011 DFOE-IFR-0702 Señora Patricia Montero Acuña Auditora Interna CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL Estimada señora: Asunto: Respuesta al oficio AI.-11658 sobre el Fondo de Seguridad Vial y las competencias de Consejo de Seguridad Vial y el Consejo de Transporte Público en relación con la revisión técnica. Se da respuesta al oficio AI.-11658 de 7 de octubre de 2011 mediante el cual nos consulta el “alcance de la gestión administrativa y la utilización de los recursos del Fondo de Seguridad Vial por parte del Consejo de Seguridad Vial, producto de lo que establece la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres No. 7331 de 13 de abril de 1993 y sus reformas, en lo que a materia de revisión técnica se refiere” I. Criterio del Despacho El Consejo de Seguridad Vial se creó mediante la Ley de Administración Vial Nº 63241, modificada por la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres Nº 73312, el cual es un órgano con desconcentración máxima adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y personería jurídica instrumental para efectos de administrar el Fondo de Seguridad Vial y con independencia funcional y administrativa. El artículo 9 de la citada Ley Nº 6324, indica que las atribuciones del Consejo son: conocer los análisis de los asuntos referentes al tránsito, para identificar problemas de seguridad vial y hacer las recomendaciones que estime pertinentes; conocer y aprobar orientaciones, prioridades y proyectos para programas de promoción de la seguridad vial; administrar el Fondo de Seguridad Vial y asignar las sumas necesarias para los programas y proyectos de seguridad vial q ...
Fecha publicación: 07/12/2011
Fecha emisión: 29/11/2011
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: AREA FISC. SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 11938 29 de noviembre, 2011 DCA-3140 Señora Silvia Bolaños Barrantes Directora Ejecutiva Consejo de Seguridad Vial Estimada señora: Asunto: Se concede refrendo de manera condicionada al contrato CB-010-2010 suscrito entre el Consejo de Seguridad Vial y la empresa Purdy Motor S. A., producto de la Licitación Pública No. 2010LN-000005-00100, para la compra de vehículos pick up con tracción 4x4, doble cabina, por un monto total de $301.865, 25 Damos respuesta a su oficio DE-2601-2011 mediante el cual remite a refrendo el contrato CB-010-2010 suscrito entre el Consejo de Seguridad Vial y la empresa Purdy Motor S.A., producto de la Licitación Pública No. 2010LN-000005-00100 para la compra de vehículos tipo pick up con tracción 4x4, doble cabina por un monto total de $301.865, 25 Mediante oficios No. DE-3061-2011 y DEPROV-613-2011 se remitió información adicional producto de un requerimiento efectuado por parte de este Despacho. Sobre el particular, ha de indicarse que una vez realizado el análisis del contrato número CB-010-2010 sometido a aprobación, de conformidad con los supuestos contenidos en el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, se estima que el contrato se ajusta a lo allí contemplado y se otorga el refrendo correspondiente. No obstante, se advierte que dada la naturaleza del refrendo, éste no implica un análisis de oportunidad, conveniencia o cualquier otro aspecto no contemplado expresamente en el citado artículo 8. Tampoco involucra una revisión integral del contenido del expediente administrativo y de lo actuado por la Administración. Asimismo, el otorgamiento del refrendo se encuentra condicionado al cumplimiento de una serie de consideraciones que se detallan a continuación: 1. Es ...
Fecha publicación: 01/12/2011
Fecha emisión: 28/11/2011
Documento: 11938-2011.pdf
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 11717 24 de noviembre, 2011 DCA-3102 Señora Silvia Bolaños Barrantes Directora Ejecutiva Consejo de Seguridad Vial Estimada señora: Asunto: Se concede refrendo de manera condicionada al contrato número CB-005- 2010 suscrito entre el Consejo de Seguridad Vial y la empresa Purdy Motor S.A., producto de la Licitación Pública No. 2010LN-000007-00100 para la compra de vehículos grúas tipo plataforma por el monto total de $1.032.500,00. Nos referimos a su oficio No. DE-2598-2011 mediante el cual remite a refrendo el contrato número CB-005-2010 suscrito entre el Consejo de Seguridad Vial y la empresa Purdy Motor S.A., producto de la Licitación Pública No. 2010LN-000007-00100 para la compra de vehículos grúas policiales tipo plataforma por el monto total de $1.032.500,00 Sobre el particular, ha de indicarse que luego de efectuado el análisis del contrato sometido a aprobación, de conformidad con los supuestos taxativos contenidos en el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, se estima que el contrato se ajusta a lo allí contemplado y se otorga el correspondiente refrendo. Se advierte que dada la naturaleza del refrendo, éste no implica de manera alguna un análisis de oportunidad, de conveniencia, ni de cualquier otro aspecto no contemplado expresamente en el citado artículo 8, ni involucra una revisión integral del contenido del expediente administrativo y de lo actuado por la Administración. No obstante, el otorgamiento del refrendo se encuentra condicionado al cumplimiento de una serie de consideraciones detalladas a continuación: 1. Es responsabilidad de ese Consejo constatar que el contratista no se encuentre imposibilitado o inhabilitado para contratar con la Administración, tanto previo a la emisión de la orden de com ...
Fecha publicación: 29/11/2011
Fecha emisión: 24/11/2011
Documento: 11717-2011.pdf
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 11335 15 de noviembre, 2011 DCA-3005 Señor Hernando París Ministro Ministerio de Justicia y Paz Estimado señor: Asunto: Se autoriza la construcción de un módulo de alojamiento para privados de libertad mediana contención en Limón, con la Constructora Mavacón S.A, adjudicataria de la línea dos de la CD N°2011CD-000051-99999, por un precio de ¢227.672.163,76 Nos referimos a su oficio MJP-768-09-2011 de 30 de setiembre de 2011, mediante el cual solicita autorización para ampliar la línea dos de la contratación CD N°2011CD-000051-99999, adjudicada a la Constructora Mavacón S.A, para la construcción de un módulo de alojamiento para privados de libertad de mediana contención en Limón. El oficio de marras fue complementado a solicitud de este Despacho por oficios MJP- 818-10- 2011, D.E.PCIAB-989-2011 y D.E.PCIAB-1042 -2011. Fundamenta su gestión en lo dispuesto en el artículo 200 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. I. Antecedentes de interés: 1. Mediante oficio N°4968( DCA-1440) del 3 de junio del 2011, esta División de Contratación Administrativa autorizó a ese Ministerio, promover una contratación directa concursada para construir 3 módulos de mediana contención y otras obras complementarias en los Centros de Atención Institucional de Pérez Zeledón ( dos módulos) y Limón ( un módulo), por un máximo de ¢934.000.000. 2. Que la adjudicataria de la contratación directa N°2011CD-000051-99999 que se llevó a cabo para ese fin, fue la Constructora Mavacón S.A en las dos líneas, sea para la construcción de dos módulos de mediana contención en Pérez Zeledón, y un módulo de mediana contención en Limón. El monto total adjudicado fue de ¢689.509.100,74. II. Justificación de la solicitud: Manifiesta ese Ministerio, que una vez adjudi ...
Fecha publicación: 18/11/2011
Fecha emisión: 15/11/2011
Documento: 11335-2011.pdf
Institución: MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 11188 11 de noviembre de 2011 DCA-2983 Señora Silvia Bolaños Barrantes Directora Ejecutiva Consejo de Seguridad Vial. Estimada Señora: Asunto: Se autoriza al Consejo de Seguridad Vial, a implementar las siguientes contrataciones directas concursadas: 1) Compra de unidades de dispositivos móviles con su respectiva impresora para la confección y registro de las infracciones a la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres con sus respectivas actualizaciones por un monto de ¢480.000.000,00 y ¢32.000.000,00. 2) Compra de Chalecos antibalas para los oficiales de tránsito ¢ 101.400.000,00. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 bis de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 138 de su Reglamento. Damos respuesta a sus oficios N° DE-2011-2309 del 23 de setiembre, DE-2496-2011 del 05 de octubre, DEPROV-499-2011 del 25 de octubre y DE-2011-2756 del 28 de octubre, todos del año en curso, mediante los cuales solicita autorización y brinda información adicional, en relación con la solicitud de contratación directa para las siguientes compras: 1) Adquisición de unidades de dispositivos móviles con sus impresoras y actualizaciones, implementación del proyecto de Equipamiento del Taller de la Especialidad Técnica de Diseño Publicitario, 2) Compra de Chalecos antibalas para los oficiales de tránsito y 3) Construcción de un edificio para la Asesoría en Tecnología de la Información. I.- Justificación de la solicitud 1.- Se indica por parte del Consejo de Seguridad Vial -COSEVI- que a efectos de implementar un uso racional y eficiente de sus recursos, procura que el superávit específico de cada año se destine a la atención urgente de proyectos de seguridad vial y actividades sustantivas, situación que se ha dado con recursos del año 2010 y ante la cual se solicitó autorización a la Secretaria Técnica de la Auto ...
Fecha publicación: 16/11/2011
Fecha emisión: 11/11/2011
Documento: 11188-2011.pdf
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 10567 28 de octubre, 2011 DCA-2824 MSc Carolina Elizondo Ugalde Diretora Jurídica Licda. Lorena Varela Victory Jefe Dpto. Contratación Administrativa Ministerio de Justicia y Paz Fax 2223-9739 Estimadas señoras: Asunto: Se devuelven sin trámite de refrendo los contratos número 2011-000063-00 y 2011- 000064-00 de la Licitación Pública número 2011LN-00149-78300 por no requerirlo, en virtud de no se incluyen dentro de los supuestos que determina la normativa para ser objeto de refrendo por parte de este ente contralor. Damos respuesta su oficio D.J.2011-3273 del 12 de octubre de 2010, mediante el cual nos remiten los contratos antes indicados en el asunto para refrendo. Una vez efectuado el análisis correspondiente, se devuelven los documentos antes indicados, sin el trámite de refrendo por las siguientes razones: El artículo 3 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, publicado en la Gaceta nº 202 del 22 de octubre de 2007, establece los supuestos que requirieren el refrendo. Específicamente, el inciso 1) de dicho numeral contempla que requerirá refrendo todo contrato administrativo derivado de la aplicación del procedimiento de licitación pública, siempre y cuando el precio contractual alcance el límite inferior vigente para la aplicación de dicho procedimiento de contratación administrativa. Asimismo, en el caso de que se trate de una licitación abreviada, inciso 2) del citado reglamento, indica que será objeto de refrendo los contratos derivados de dicho procedimiento de contratación cuando el precio contractual alcance el límite inferior vigente para la aplicación de la licitación pública. De conformidad con la resolución número R-DC-17-2011 del 17 de febrero de 2011, el Ministerio de Justicia y Paz se encuentra ubicado, de acuerdo con ...
Fecha publicación: 02/11/2011
Fecha emisión: 28/10/2011
Documento: 10567-2011.pdf
Institución: MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS